El día de hoy, el Gobierno de la República anunció la implementación de las siguientes medidas para disminuir el contagio por COVID-19:
- Restricción vehicular el 31 de diciembre: 7:00 p.m. a 5:00 a.m.
- A partir del 31 de diciembre los establecimientos comerciales deberán cerrar su atención al público a las 7:00 p.m. Salvo lista de excepciones.
- El 01, 02 y 03 de enero el horario de restricción vehicular es de 8:00 p.m. a 5:00 a.m. con distribución de placas. No circulan:
–Lunes: 1 y 2
-Martes: 3 y 4
-Miércoles: 5 y 6
-Jueves: 7 y 8
-Viernes: 9 y 0
- El 01, 02 y 03 de enero los establecimientos comerciales deberán cerrar su atención al público a las 8:00 p.m. Salvo lista de excepciones.
- Del 04 al 31 enero el horario de restricción vehicular es de 10:00 p.m. a 5:00 a.m. con distribución de placas y se aplicará los fines de semana. Sábados: circulan placas terminadas en pares y domingo circulan placas terminadas en impares.
- Del 04 al 17 de enero se permitirá el uso de playas en horario de 5:00 a.m. a 2:30 p.m.
- Del 04 al 17 de enero bares y casinos podrán operar con un aforo del 25% y los parques nacionales podrán funcionar con un aforo del 50%.
En el siguiente enlace pueden accesar para mayor información: https://sites.google.com/presidencia.go.cr/alertas?fbclid=IwAR3VGduubdD5dJwnvkVCVmzATYW110d9SwHDuOKdDBKSdxTxKZnPE0FFryY