Período de Exoneración del Impuesto de Bienes Inmuebles

Período de Exoneración del Impuesto de Bienes Inmuebles

La Municipalidad de Santa Anales informa que el período de exoneración de impuesto de bienes inmuebles por bien único (Ley 7509) inicia el 18 de enero y finaliza el 31 de marzo de 2016.

Requisito:

Poseer una sola propiedad a nivel nacional.

Debe presentar:

-Certificación del Registro Nacional (Índice de Personas de Bienes Inmuebles). Se puede adquirir en la Plataforma de Servicios de la Municipalidad, en el Registro Nacional en Zapote o en la sucursal de Paseo Colón, en algunas sucursales de Correos de Costa Rica y Banco de Costa Rica.
-Debe estar al día con las obligaciones municipales (impuestos y servicios).
-La exoneración aplica solamente a personas físicas.
-La solicitud es personal, debe presentarse el propietario con su cédula de identidad, o autorizar a otra persona mediante nota y copia de la cédula de identidad del propietario.

ARTÍCULO 4.-Inmuebles no afectos al impuesto. No están afectos a este impuesto.
e) Los inmuebles que constituyan un bien único de los sujetos pasivos (personas físicas) y tengan un valor máximo equivalene a cuarenta y cinco salarios base; no obstante, el impuesto deberá pagarse sobre el exceso de esa suma. El concepto de “salario base” usado en esta Ley es el establecido en el artículo 2 de la Ley No. 7337, 5 de mayo de 1993″.

Para mayor información al telefóno 2582-7224

 

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