Con el fin de aplanar la curva de contagio en el territorio nacional por el COVID-19 y atenuar sus efectos colaterales, el Gobierno de la República anunció el pasado 11 de abril, las nuevas medidas de restricción que regirán del 13 al 30 de abril de 2020.
Entre las que se encuentran:
- Restricción vehicular diurna de 5:00 a.m. a 7:00 p.m. con distribución de placas en todo el páis. No circulan:
Lunes: 1 y 2
Martes: 3 y 4
Miércoles: 5 y 6
Jueves: 7 y 8
Viernes: 9 y 0
- Restricción total vehicular nocturna de 7:00 p.m. a 5:00 a.m.
- Fines de semana restricción total de tránsito. Excepciones: supermercados, farmacias, centros de salud. Sábado no circulan los vehículos cuya placa termina en número par. Domingo no circulan los vehículos cuya placa termina en número impar.
- Servicio de transporte público en horario de 4:00 a.m. a 11:00 p.m. No podrán viajar personas de pie en los autobuses.
- Establecimientos comerciales y de servicios con permiso de funcionamiento sanitario podrán funcionar de lunes a viernes en horario de 5:00 a.m. a 7:00 p.m. al 50% de su capacidad. Fines de semana únicamente servicio a domicilio y autoservicio.
- Se mantiene el cierre de bares, discotecas, teatros y cines.
- Taxis circulan 24 horas.
- No se permitirá la circulación de servicios especiales de autobús, microbuses y busetas de estudiantes, turismo y ocasionales (regulados por el CTP).
- Habilitado transporte especial de trabajadores.
- El servicio de ferry funcionarán únicamente dos servicios al día.
- Se mantiene el cierre del transporte internacional de personas por vía terrestre, sólo se permite la entrada de mercancías y cargas.
- Instituciones públicas continuará con el plan básico de 20% de servicios esenciales, exceptuados todos los funcionarios requeridos para atender la emergencia. Se deberá maximizar la modalidad de teletrabajo. Únicamente deberá asistir el personal esencial para la continuidad de labores indispensables.
- A todas las personas servidora públicas que superen los 65 años de edad o cuenten con factores de riesgo, se les deberá garantizar la aplicación de medidas de teletrabajo, uso de vacaciones acumuladas o adelanto de vacaciones, a efectos de que no asistan a los centros de trabajo.
- Se mantienen las restricciones migratorias vigentes.
- El curso lectivo continuará suspendido.
- El Ministerio de Salud mantiene vigentes las medidas administrativas temporales para la atención de actividades de concentración masiva debido a la alerta sanitaria por COVID-19.
En el siguiente enlace puede accesar al comunicado de prensa de Casa Presidencial https://www.presidencia.go.cr/comunicados/2020/04/nuevas-medidas-de-restriccion-aplicaran-del-13-al-30-de-abril/